REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de mayo de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-M-2003-000557
Visto el DESISTIMIENTO suscrito por el abogado ALFONSO ALMENARA ROBLES IPSA Nro. 49.435 en su condición de apoderado de la empresa mercantil TECNICAS DE CALDERAS C.A., en el juicio de COBRO DE BOLIVARES VIA EJECUTIVA intentado contra la compañia AZUCARERA RIO TURBIO C.A. El Tribunal le imparte su homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Expídase copia certificada del presente auto. Archívese el expediente en su oportunidad.
LA JUEZ
ABG° PATRICIA ELENA CABRERA MANFREDI LA SECRETARIA ACC.
ABG. LORELY PINEDA M.
Seguidamente se certificó una copia.
PECM/LPM/Zaira.