REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de mayo de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2003-009636

La abogada MARISELA CORDERO APONTE, de este domicilio, actuando en representación de la ciudadana ILENIA CAROLINA RODRIGUEZ CORDERO, venezolana, mayor de edad, con C.I. Nro. 7.271.921, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron su nombre como YLENIA CAROLINA, siendo lo correcto ILENIA CAROLINA, el nombre de su madre lo asentaron como YLENIA CAROLINA, siendo lo correcto ILENIA PASTORA CORDERO SIERRA, omitieron el número de cedulas de sus padres ILENIA PASTORA CORDERO SIERRA y CECILIO RICARDO RODRIGUEZ TORRES, los cuales son 3.088.619 y 2.855.188 respectivamente. La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO de la solicitante antes identificada, en el sentido de que se asiente su nombre como ILENIA CAROLINA RODRIGUEZ CORDERO, el nombre de su madre como ILENIA PASTORA CORDERO SIERRA, y las cedulas de sus padres ILENIA PASTORA CORDERO SIERRA y CECILIO RICARDO RODRIGUEZ TORRES, como 3.088.619 y 2.855.188 respectivamente. En consecuencia, se ordena al JEFE CIVIL DE LA PARROQUIA CONCEPCION, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserte la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO No. 1658, folio 22 vto., año 1967. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los diez días del mes de mayo del dos mil cuatro. Años: 193º y 144º.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI
ABG. LORELY PÍNEDA M.
Publicada en su fecha a las 10:00 a.m.

Seguidamente se oficio bajo los Nos. 0900-1455 y 0900-1456.
PCM/LPM/Ma. Elena.