REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de mayo de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-Z-2004-001315
Vistas el presente acuerdo emanado de la Fiscalia Décima Cuarta del Ministerio Público Abg. Mariela Viloria, relacionadas con el acto conciliatorio suscrito en fecha 11-03-2004, por los ciudadanos BRANCY PASTORA HERNANDEZ TORRES y RICHARD RUBEN MARTÍNEZ VARGAS, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 9.118.505 y 7.078.178, respectivamente, en beneficio de los adolescentes identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA, de 16, 15 Y 15 años de edad; este Tribunal le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, estableciendo dicho convenio la obligación alimenataria de la siguiente manera:

PRIMERO: El padre ofrece a partir de la presente fecha suministrar a sus hijos la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES QUINCENALES (50.000,oo), que serán entregados en dinero efectivo a la madre.
SEGUNDO: El padre sufragará los gastos médicos, medicinas, utiles y uniformes escolares de sus hijos.
TERCERO: El padre en diciembre aportará a sus hijos el 25% de sus utilidades de fin de año.

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo entre los ciudadanos BRANCY PASTORA HERNANDEZ TORRES y RICHARD RUBEN MARTÍNEZ VARGAS, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de los beneficiarios.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los trece (13) días del mes de Mayo de dos mil cuatro (2004) . Años: 194° y 145°.
La Juez de Juicio Nro. 2


Abog. Erlinda Oropeza Torres
El Secretario de Sala,


Abog. Carlos Porteles
EOT/yudith.-