REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de mayo de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-Z-2004-001386

Visto el acuerdo suscrito por ante la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contentivo de acuerdo celebrado entre los ciudadanos YOHIMAR IRISBEL MEDINA OROPEZA y SERGIO JOSE PACHECO ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V. 16.041.043 y V. 12.935.326 respectivamente, domiciliados en la Sábila, manzana 12, N° 10, Vía Duaca y en las Tunas, frente a la plaza, Estado Lara, en la condición de padres en beneficios de su hija identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA, de 06 años de edad, este Tribunal le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, estableciendo dicho convenio de Alimentos de la siguiente manera:
PRIMERO: El padre ofrece a partir de la presente fecha suministrar a su hija, semanalmente la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,oo), los cuales serán entregados en dinero efectivo a la madre.
SEGUNDO: Los gastos médicos, medicinas, útiles escolares, uniformes los gastos del parto serán sufragados por el padre.
TERCER0: El padre en diciembre suministrará a su hija vestido y regalos.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.
Líbrense copias certificadas de la presente homologación y entréguense a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 1 el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, a los diez días del mes de Mayo 2004. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.

LA JUEZ DE JUICIO N° 1.


Dra. María Alvarez Lucena.
La Secretaria,

Abog. Sandy Arrieche.


ep.