REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 29 de Marzo de dos mil cuatro (2004)
Años 193º y 145º
N° DE EXPEDIENTE: KP02-S-2004-1179
PARTE ACTORA: FRANCISCO ISAIAS CAMACHO RODRIGUEZ
ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: C.A. EL IMPULSO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUISEV COROMOTO GUEDEZ ALVAREZ IPSA N° 61.138 y la jefe de Recursos Humanos en representación de del C.A. EL IMPULSO Ciudadana Arriandiaga Maria Josefa C.I. Nro. 7.914.608
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día de hoy, 29 de marzo 2004 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la abogada apoderada de la empresa C.A. EL IMPULSO C.A.,: LUISEV COROMOTO GUEDEZ ALVAREZ IPSA N° 61.138, carácter que consta en documento poder presentado en original para la vista y copia para su certificación. y la Ciudadana Arriandiaga Maria Josefa C.I. Nro. 7.914.608. Así mismo se deja constancia que la parte demandada consigno copia de todos los recibos de cancelación al trabajador. En este estado el Tribunal deja constancia de la que la parte actora no compareció, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 193° y 145°.
La Juez


ABG. SOCORRO TERESA CAMPOS MONTESINOS

La Secretaria


Abg. LISBEL MATOS S.-

Firma la parte Demandada en señal de asistencia.