REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
ACTO CONCILIATORIO

ASUNTO N° KH05-S-2002-44

Hoy, TREINTA (30) de MARZO del 2.004, a las 2:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar el Acto Conciliatorio, de conformidad con el artículo 190 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, comparecieron al mismo, por la parte actora la trabajadora GLADYS CORDERO y sus apoderados abogados LOIDA CORDERO y por la demandada la abogada MARIA ALEJANDRA USECHE inpreabogado N° 74.510 en su carácter de representante de la Procuraduría General del Estado Lara, y por el Ejecutivo del Estado el secretario General Ingeniero NELSON TORCATE cedula de identidad N° 9.541.751 y el abogado JESUS GARCES titular de la cedula de identidad N° 13.530.839 en su condición de abogado adjunto a la consultaría jurídica de la Gobernación del Estado Lara. Dándose así inicio al acto. Seguidamente la parte demandada para dar por terminada a la presente reclamación, cancela a la trabajadora la cantidad de Bs. 15.803.984,71 por conceptos de salarios caídos, conforme a mandamiento de ejecución decretado por este Tribunal; mediante cheque girado contra la Entidad de Ahorro y Préstamo Central. Manifestando su propósito de reincorporar a la trabajadora en las condiciones en que se encontraba para el momento en que se efectuó el despido, el cual se efectuara el día de mañana en el horario de 8 a 12 y de 2 a 6 en la sede de la Fundación Arco Iris, y en su cargo de contralor interno. Por su lado la trabajadora recibe conforme el pago de los salarios caídos y manifiesta su conformidad con la reincorporación a su lugar de trabajo. Ambas partes señalan que en lo referente a las costas del proceso, las mismas fueron acordadas en la cantidad de Bs. 2.000.000,00, de los cuales Bs. 1.000.000,00 serán cancelados del día de mañana 31-03-2004 y el Bs. 1.000.000,00 para el día 15-04-2004. En consecuencia solicitan a la Juez que se ordene el cierre y archivo del presente expediente previa homologación del presente acuerdo. La Juez vista la exposición de las partes y al acuerdo en que llegaron y observado que el mismo se encuentra alineado a los requerimientos de Ley se imparte la debida homologación y ordena el archivo y cierre del presente expediente. Término se leyó y conforme firman.
LA JUEZ,


Dra. EUGENIA MARIA ESPINOZA


LAS PARTES COMPARECIENTES,

LA SECRETARIA,