Quíbor, 29 de Marzo de 2004.
193° Y 145°
PARTES: MARIA NELIDA ARANGUREN
Progenitora de la Adolescente MAYRA ELENA GIMENEZ ARANGUREN
AUGUSTO RAMON RODRIGUEZ
Padre del Adolescente GILBERTO JESUS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
BENEFICIARIA: MAYRA ELENA GIMENEZ ARANGUREN (Embarazada)
MOTIVO: PENSION ALIMENTARIA
Vista el Acta de Conciliación N° 0481-04, emanada del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Jiménez del Estado Lara, con los recaudos presentados, suscrito por los Ciudadanos MARIA NELIDA ARANGUREN, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.128.581, Progenitora de la Adolescente MAYRA ELENA GIMENEZ ARANGUREN, Titular de la Cédula de Identidad N° V-17.872.103; (Embarazada) y AUGUSTO RAMON RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.966.741, Padre del Adolescente GILBERTO JESUS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V-17.874.180, por cuanto la misma no es contraria a derecho, en consecuencia, este Juzgado del Municipio Jiménez de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, así mismo ordena aperturar el cuaderno de cumplimiento a fin de llevar el control de la Obligación Alimentaria establecida en el presente acuerdo.
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. YUNIA ROSA GÓMEZ DUARTE
LA SECRETARIA
ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO
Seguidamente se cumplió lo ordenado (Conste)
LA SECRETARIA
ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO
Exp. N° 1907.
YRGD/MCP/milagro.
|