REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 10/03/2004, siendo la oportunidad fijada, se constituyó el Juez y Secretario en la dirección del Acta a solicitud del Actor asistido de Abog. Nos atiende un Ciudadano y se notificó de la misión del Tribunal y hace ofrecimiento de pago. El Juez designa Perito y Depositario, el Actor señala bienes del 1al 8, y el Perito los valora en 4.350.000 Bs., el Juez los Embarga consumando la desposesión jurídica. El Actor se reserva el derecho de embargar por no cubrirse el monto, y píde se deje lo embargado bajo custodia del Notificado por posible acuerdo. El Juez deja lo embargado en custodia del notificado quien acepta la custodia. El Tribunal cumplida su misión, regresa a su sede siendo las 2:54 pm. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.