REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
En fecha 10/03/2004, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó el Juez y Secretario en la dirección indicada en el Acta. A solicitud del Apoderado Actor. A fin de cumplir el Embargo Ejecutivo, nos atiende la demandada, y se notificó de la misión del Tribunal. El Juez designa Perito y Depositario, previa juramentación, el Apod. Actor señala un bien y el Perito lo valora en 1.000.000 Bs., el Juez lo Embarga Ejecutivamente consumando la desposesión jurídica. El Apoderado Actor pide se deje lo embargado bajo custodia de la Notificada. El Juez deja lo embargado a la Notificada quien aceptó la custodia. El Tribunal cumplida su misión, regresa a su sede siendo las 10:00 am. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.