REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2003-009993


Rect.Part.
C.F.
La Juez Titular, TAMAR GRANADOS IZARRA, se avoca al conocimiento de la causa.
La ciudadana NORBERTA BURGOS DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 1.272.075, asistida por el abogado RAMON BARRADAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 10.972, solicitó la rectificación de su acta de matrimonio, la cual se encuentra asentada ante la Primera Autoridad Civil del Municipio José Gregorio Bastidas, Estado Lara, bajo el No. 21, folio 27 y 28, Año 1952, en el sentido de que erróneamente fue asentado su nombre como NORVERTA con V, siendo lo correcto NORBERTA. Acompañó copia certificada de su acta de matrimonio. Admitida la solicitud en fecha 18/12/2003, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara. Se notificó a la Fiscal del Ministerio Público Dra. MARIELA VILORIA (f. 7). Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Del acta de matrimonio, cursante al folio 3 del expediente, se evidencia el error señalado por la solicitante por lo que se estima procedente la presente Rectificación de Partida y así se declara.
Por los razones anteriormente expuesta, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, efectuada por NORBERTA BURGOS DE PEREZ, y en consecuencia ordena al Juzgado Segundo de los Municipios Palavecino y Simón Planas del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en la partida de nacimiento No. 21, folio 27 y 28, Año 1952, en el sentido de que el nombre de la contrayente es NORBERTA. Expídase copia certificada de sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los cuatro días del mes de marzo de dos mil cuatro. AÑOS: 193 y 145. *men*
La Juez


Tamar Granados Izarra
La Secretaria Acc.


María Fernanda Alviárez Rojas
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
La Sec. Acc.