REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta y uno de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º
ASUNTO : KP02-S-2003-010000
Rect.Part.
C.F.
La Juez Titular, TAMAR GRANADOS IZARRA, se avoca al conocimiento de la causa.
La ciudadana MONICA VECCHI RUSO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 7.317.806, asistida por el abogado ARCISIO BARRAGAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 92.195, solicitó la rectificación de su partida de nacimiento, la cual se encuentra asentada ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren, Estado Lara, bajo el No. 1776, folio 99, Año 1962, en el sentido de que erróneamente fue asentado el nombre del padre como HUMERTO VECCHI, siendo lo correcto UMBERTO VECCHI LASAGNI, y fue asentado el nombre y apellido de la madre como MARIA VICTORIA RUSO DE VICCHI, siendo lo correcto MARIA VITTORIA RUSSO DE VECCHI. Acompañó copia certificada de su partida de nacimiento, traducción del Extracto por Resumen de la Partida de Nacimiento del padre, copia certificada de la Gaceta Oficial de la República de Venezuela, traducción de la partida de nacimiento de MARIA VITTORIA RUSSO. Admitida la solicitud en fecha 18/12/2003, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara. Se notificó a la Fiscal del Ministerio Público Dra. MARIELA VILORIA (f. 41). Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Del acta de nacimiento de la solicitante y de la traducción de los extractos de Resumen de las Partidas de Nacimiento de los padres, así como la copia certificada de la Gaceta Oficial de la República de Venezuela de fecha 19/05/1975, cursante a los folios 2, 5, 34 y 9 a 33 del expediente, documentos que se valoran de conformidad con lo establecido en los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, se evidencia el error señalado por la solicitante por lo que se estima procedente la presente Rectificación de Partida y así se declara.
Por los razones anteriormente expuesta, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida, efectuada por MONICA VECCHI RUSO, y en consecuencia ordena al Jefe Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en la partida de nacimiento No. 1776, folio 99 vto, Año 1962, en el sentido que el nombre del padre es UMBERTO VECCHI LASAGNI, y el nombre de la madre es MARIA VITTORIA RUSSO DE VECCHI. Expídase copia certificada de sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil cuatro. AÑOS: 193 y 145. *men*
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria Acc.
María Fernanda Alviárez Rojas
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
La Sec.
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