REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-X-2004-000075

Vista el acta de inhibición suscrita por la abogada LIBIA LA ROSA DE ROMERO, Juez Primero del Municipio Iribarren del Estado Lara, recibida en copia certificada el 19/03/2004, en el cual se inhibe alegando “[…] Me INHIBO de conocer la presente causa, [...], juicio por Desalojo, seguido por el abogado en ejercicio YVOR ORTEGA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 7228, en su carácter de apoderado judicial de MICHAEL ALEXANDER OCHOA, POR encontrarme incursa en la causa de Inhibición prevista en el ordinal 18, del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, al haberme declarado enemiga del abogado IVOR ORTEGA [...]”, y por cuanto tal declaración le releva de pruebas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición, por estar fundada en causa legal. En consecuencia, remítase copia certificada de esta actuación al Juez Inhibido, y también remítanse las presentes actas a la U.R.D.D. del área civil, para que sean enviadas al Juzgado donde quedó la causa en la cual se originó la inhibición. Líbrense oficios.
Cúmplase.
Déjese copia en este Tribunal a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.- *men*
La Juez

Tamar Granados Izarra La Secretaria Acc.

María Fernanda Alviárez Rojas