REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitres de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2003-009529


La ciudadana MARIA SILVIA HERNANDEZ ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad N° 3.301.544, debidamente asistida por la abogada Anna Verneth Bialko, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 77.565, en su carácter de Procuradora Civil del Colegio de Abogados del Estado Lara, solicitó la rectificación de su Partida de Nacimiento, la cual se encuentra inserta en el libro de Registro Civil de Nacimientos, llevado por el Registro Principal del Estado Lara y la Jefatura Civil de la Prefectura del Municipio José María Blanco, Distrito Crespo del Estado Lara, bajo el No. 383, folio 1, del año 1.946, en el sentido de que erróneamente fue transcrito el apellido de su señora madre como SAMBRANO con S, siendo lo correcto ZAMBRANO con Z. Acompañó copia fotostática de la Partida De Nacimiento de la solicitante, copia certificada del Acta de Defunción de la madre de la solicitante, copia fotostática de las Cédulas de Identidad de la solicitante y de su madre, constancia de datos filiatorios emanada de la Dirección Nacional de Identificación, División de Dactiloscopia y Archivos de esta dirección. Admitida la solicitud en fecha dieciséis (16) de Diciembre de dos mil tres, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara. En fecha 09/01/04, Se dio por notificada la Dra. Mariela Viloria, en su carácter de Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público del Estado Lara (f. 11). Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
UNICO: De la Partida de Nacimiento, se evidencia el error señalado por la solicitante por lo que se estima procedente la presente Rectificación de Partida de Nacimiento y así se declara.
Por los razones anteriormente expuesta, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, efectuada por la ciudadana MARIA SILVIA HERNANDEZ ZAMBRANO, y en consecuencia ordena a la Primera Autoridad Civil de la Prefectura del Municipio José María Blanco y al Registro Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en la Partida de Nacimiento No. 383, folio 1, del Año 1.946, en el sentido de que sea rectificado el apellido de la madre de la solicitante como SAMBRANO con S, siendo lo correcto ZAMBRANO con Z. Expídase copia certificada de sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los 23 días del mes de Marzo de dos mil cuatro. AÑOS: 193° y 144°.

La Juez

Tamar Granados Izarra
La Secretaria

María Fernanda Alviarez

Seguidamente se publicó y se dejó copia.

La Sec.

TGI/Mónica