REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-Z-2004-000160

Vistas el presente acuerdo emanado de la Fiscalía Décimo Séptima del Ministerio Público, relacionadas con el acto conciliatorio suscrito en fecha 13 de Enero del 2004, por los ciudadanos DOUGLAS JOSE ROA y REYNA RODRIGUEZ DE ROA, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 8.101.947 y 6.442.533, respectivamente, en beneficio de los niños ADRIANA KARINA y ADRIAN JESUS ROA RODRIGUEZ, de 12, y 08 años de edad; este Tribunal, previa habilitación del tiempo necesario, conforme a lo establecido en los artículos 192 y 193 del Código de Procedimiento Civil, le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, estableciendo dicho convenio la Pensión de Alimentos de la siguiente manera:
PRIMERO: El padre ofrece pasarle a sus hijos TREINTA MIL BOLIVARES SEMANALES (Bs. 30.000,oo), los cuales serán entregados en dinero en efectivo a la madre de sus hijos y la misma firmará recibo por la cantidad suministrada.-
SEGUNDO: Los gastos médicos, medicinas, útiles escolares, uniformes, calzado y vestidos, serán sufragados por el padre.
TERCERO: El padre se compromete a cancelar los servicios de agua, luz y el alquiler de la casa.-
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenio de Alimentos, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de la beneficiaria.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los Cuatro (04) días del mes de Marzo de dos mil Cuatro (2004) . Años: 193° y 144°.
La Juez de Sala 2



Abog. Erlinda Oropeza T.



El Secretario de Sala
























KP02-Z-2004-000160
Homolog. Alimentos
mariela