REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de marzo de dos mil cuatro
193º y 145º

Visto el presente acuerdo emanado de la Fiscalia Décima Séptima del Ministerio Público relacionadas con el acto conciliatorio suscrito en fecha 03-01-2004, por los ciudadanos FLOR TORREALBA y PEDRO ARANGUREN, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 12.848.716 y 3.406.760 respectivamente, en beneficio del niño JESÚS ANTONIO ARANGUREN TORREALBA, 04 años de edad; este Tribunal, le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, estableciendo en dicho convenio la pensión de alimentos de la siguiente manera:
PRIMERO: El padre se compromete a depositarle a su hijo la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES QUINCENALES (Bs. 25.000,00), los cuales serán depositados en Cuenta de ahorro del Banco Industrial de Venezuela.-
SEGUNDO: El padre cubrirá los gastos de uniformes y útiles escolares.-
TERCERO: En el mes de diciembre aportará un bono que cubra ropa y calzado.-
CUARTO: El padre tramitará lo necesario para la documentación de la vivienda, a nombre del niño JESÚS ANTONIO ARANGUREN TORREALBA.-
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenio, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de los beneficiarios.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los diez (10) días del mes de Marzo de dos mil cuatro (2004).

La Juez de Juicio N° 2



Abog. Erlinda Oropeza Torres
El Secretario
ASUNTO : KP02-Z-2004-000362
EOT/ joa.-