REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 10 de Marzo de 2004
Años: 193º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2003-000383


Definitivamente firme como ha quedado el Fallo Condenatorio dictado en fecha 06/02/04, por el Tribunal de Juicio No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, quien condenó mediante la aplicación del procedimiento por Admisión de Hechos al ciudadano JOSÉ ALEJANDRO BARROSA ANTIQUE, titular de la Cédula de Identidad No. (no porta), nacido en Sanare – Estado Lara el 05/12/80, de 22 años de edad, hijo de Clara Antonia Antique y Juan Palmera, soltero, residenciado en Las Tinajitas, sector 1, última calle, casa No. 42 detrás de un Proal del Estado Lara, a cumplir la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 278 del Código Penal, mas las penas accesorias de Ley, contenidas en el artículo 16 ejusdem. Ejecútese y hágase el cómputo de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el artículo 484 Ejusdem.

El Penado JOSE ALEJANDRO BARROSA ANTIQUE, entró detenido el 24/03/2003 y salio en libertad el 26/03/2003, por lo que estuvo detenido por espacio de DOS (2) DIAS, faltándole por cumplir UN (1) AÑO, CINCO (5) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS. Dicho penado podrá solicitar el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena.

En consecuencia notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, al Defensor, y al penado, quien podrá hacer las observaciones al cómputo practicado dentro del plazo de cinco días de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.

Remítase copia certificada del presente auto al Director General de Custodia y Rehabilitación del Recluso, Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Regístrese y cúmplase.

El Juez de Ejecución No. 4


Abog. Álvaro Javier Guerrero

El Secretario,



Asunto: KP01-P-2003-000383
carmen t.