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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Juzgado Segundo de Primera Instancia Transitorio Laboral de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
 Barquisimeto, siete de junio de dos mil cuatro
 194º y 145º
 
 ASUNTO : KP02-L-2002-000999
 
 PARTE ACTORA.  YOLISBETH DE LA CHIQUINQUIRA NIEVES
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA, GUSTAVO ALFONSO CARDOZO, ANA GRACIELA PARRA G,  BLANCA GRACIELA GUARUCANO Q, CESAR MALDONADO  Y INGIRGIO GONZALEZ  PORRAS.
 PARTE DEMANDADA.  POLY PRINT DE VENEZUELA C.A.
 APODERADOS DE LA DEMANDADA. JOSE ALEJANDRO GIL LUQUE Y ROSIMAR JOSEFINA RODRIGUEZ SOLER
 
 En el dia de despacho de hoy, siendo las 11:00.am.  dia y hora fijados para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se anunció el acto a las puertas del Tribunal y comparecieron, por la parte demandada la ciudadana NORMA ALEJOS COLMENÁREZ en su caracter de Jefe de Personal de la empresa demandada con su apoderado judicial abogado JOSE ALEJANDRO GIL LUQUE, Inpreabogado N° 43.104, el Tribunal deja constancia que la parte demandante no compareció ni por si por medio de apoderado alguno a la prolongación de la presente Audiencia Preliminar por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en Régimen Transitorio Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 194° y 145°.  Terminó, se leyó y conformes firman. Se cerró la audiencia a las 11:15 a.m.
 
 El  Juez
 
 
 
 Abog. Enio José Rivero Yaguas
 
 
 
 El apoderado de la demandada.
 
 
 
 La Secretaria Temp,
 
 
 Laura Colmenárez
 
 
 
 
 
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