Visto el convenimiento efectuado entre las partes, en fecha 07/06/04, por ante el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su homologación al mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y una vez se remita el dinero a la Inspectoría del Trabajo se ordenará el archivo del expediente.Asimismo expídase copia certificada del presente auto.-