REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de junio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-M-2004-000356

Vista la demanda de COBRO DE BOLIVARES, intentada por JESUS NELSON OROPEZA SUAREZ contra MARCO ANTONIO ALVARADO, se niega su admisión, por cuanto el título de valor fundamento de la presente demanda no se encuentra librado, de conformidad con lo establecido en el artículo 643, ordinal 2° del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 410, ordinal 8° y 411 del Código de Comercio. Déjese copia.

La Juez

Tamar Granados Izarra
La Secretaria

María Fernanda Alviarez

TGI/Mónica