REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Region Centro Occidental
Barquisimeto, diez de junio de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-N-2003-000640
Visto el auto dictado por este Juzgado en fecha 11 de diciembre de 2003, mediante el cual se acordó esperar que la parte recurrente consigne los recaudos necesarios para la revisión sobre la admisión, y por cuanto ha transcurrido más de seis (6) meses, sin que la parte haya dado impulso procesal al proceso, este Juzgado DECLARA ABANDONO DE TRAMITE EN EL PRESENTE RECURSO. Así se decide, Administrando Justicia, Actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley. Archívese el expediente oportunamente.
El Juez,
Dr. Horacio González Hernández
La Secretaria Temporal,
Abog. Sarah Franco Castellanos
HGH/mb