REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
 
 
Barquisimeto, 30 de Junio de 2004
 
194º y 145º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-1999-001353
 
 
                   En fecha 20/JUN/2003, este Tribunal concede al penado FRANKLIN BALDIMIR AGÜERO TOVAS, Cédula de Identidad No. 7.385.323 el Beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por el lapso de TRES (3) AÑOS, ONCE (11) MESES y DIECISEIS (16) DÍAS, medida ésta que debería cumplir bajo la supervisión de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara.- 
 
 
 
	Ahora bien, en fecha 29/03/2004 se recibe Oficio No. 906 de la Dirección de dicha unidad, donde remite Informe Conductual del probacionario suscrito por la T.S. Mercedes Peña, donde concluye que dicho penado puede ser mejor supervisado si se le transfiere para la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Aragua, aunado a ésto en fecha 21/JUN/2004 comparece el penado Franklin Bladimir Aguero y consigna Constancia de Residencia y Registro de Comercio, así mismo ratifica su solicitud de ser transferido para presentarse ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Maracay. Este Tribunal acuerda dicha transferencia de Régimen de Prueba, por ser procedente.-
 
 
DISPOSITIVA
 
 
         Por lo antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara,  Administrando Justicia en nombre de la República y Por Autoridad de la Ley:  Acuerda transferir el Régimen de Prueba impuesto al penado FRANKLIN BLADIMIR AGÜERO TOVAR, C.I. No. 7.385.323, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Aragua, remitiéndole copia certificada de la decisión de fecha 20/06/2003.- 
 
 
         Notifíquese a las partes y Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del  Estado Aragua, así como a la Unidad Técnica de Apoyo del Estado Lara. 
 
 
 
 
El Juez de Ejecución No. 4
 
 
 
Abg. Álvaro Javier Guerrero
 
 
 
El Secretario
 
 
 
 
 
AJG/carmen t.
 
 |