REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 11 de Junio de 2004
194º y 145º

ASUNTO: KP01-P-2000-002950

Por cuanto se evidencia en autos que el penado FERNANDO JOSÉ GARCÍA, fue condenado en fecha 09.03.01, por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de CUATRO AÑO DE PRESIÓN, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; y se observa inserta Copia Certificada de Acta de Defunción (folio 196) suscrita por el Jefe Civil de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, correspondiente al mencionado penado. En virtud de lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con lugar la Extinción de la Pena por el fallecimiento del penado FERNANDO JOSÉ GARCÍA, titular de la cédula de identidad N° 14.483.423. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial Penal del Estado Lara. Cúmplase.

El Juez de Ejecución N° 1



Abg. Lina Dupuy Rodríguez
El Secretario