REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo las 12:05 p.m, se trasladó y constituyó este Trib. en calle 51 entre 27 y 29 Edif. Don Simón I, Piso 9, Apto. B9-03, Barqto. Edo. Lara, acompañados por el abog. actor BORIS FADEPOWER INPRE 47.652, GILBERTO GOMEZ, representante de la depositaria judicial Yacambú C.A. y LENIN BASTARDO, designados y juramentados depositario y perito, respectivamente. Una vez en el lugar y hecho el llamado de ley no fuímos atendidos por persona alguna, motivo por el cual fué imposible prácticar notificación de ley. El actor señaló para su embargo un bien inmueble plenamente descrito en acta. El Trib. declaró el embargo ejecutivo sobre el bien señalado y avaluado por el perito por la cantidad de (Bs. 25.000.000) y lo desposesionó jurídicamente del patrimonio de los demandados, colocándolo en posesión de la depositaria judicial designada. Siendo las 12:45 p.m, se ordenó el regreso a la sede.