REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
Siendo las 9:00 a.m; se trasladó y constituyó este Trib. a Av. Las Industrias SIDERURGICA DEL TURBIO C.A (SIDETUR) Barqto Edo. Lara, acompañados por el abog. actor AULINO CORRADO INPRE 49.197. Impuesta del presente acto la ciudadana ROCIO ALCALA C.I. 3.314.222, gerente de personal. El actor señaló para su embargo la cantidad de (Bs. 2.103.264,30) cantidad condenada a pagar por concepto de obligación principal, honorarios profesionales y costas procesales. El Trib. declaró el Embargo Ejecutivo hasta cubrir la suma señalada, de las utilidades, vacaciones y cualquier otra bonificación especial distinta del salario, lo desposesionó jurídicamente del patrimonio del demandado y ordenó a la notificada o quien haga sus veces, librar los cheques que correspondan a nombre del Juzgado de la causa. Siendo las 10:30 a.m; se ordenó el regreso a la sede.