REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-V-2004-000857

Vista las solicitudes de medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar y de Embargo Preventivo sobre inmueble realizado en el presente juicio de Reivindicación seguido por la Abogada ALBA COLMENÁREZ inscrita en el Inpreabogado N° 90.403 obrando en este acto con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana LUCY YAJAIRA TORRES CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.181.724, contra la ciudadana MARY LOURDES RIVERO ARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.418.396, este Tribunal las niega porque habiendo intentado demanda de Reivindicación la actora, es de suponer que ostenta la cualidad de propietaria del inmueble y por ello resulta en contrasentido que solicite y que así lo acuerde este Juzgado medida de Prohibición de Enajenar y Gravar que señala le pertenece; respecto a la medida de embargo preventivo, este juzgado la niega porque en lo que respecta a la pretensión de daños y perjuicios contenida en la demanda no existe prueba en autos del fumus bonis iuris y periculum in mora. Así se decide.
Déjese copia.


LA JUEZ
TAMAR GRANADOS IZARRA
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
TGI/g.p.