REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-005651

Vista la solicitud presentada por el ciudadano Rafael Celestino Peraza Guzman, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.278.247, de este domicilio, actuando en su carácter de Director-Gerente de la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS SOLDARGENT, C.A. domiciliada en Caracas e inscrita por ente el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, bajo el N° 43, Tomo 87-A, en fecha 8 de diciembre de 1.975 bajo la denominación de SOLDUNIÓN C.A., modificados sus estatutos sociales en varias oportunidades, siendo la última, la registrada por ante la Oficina de Registro Mercantil anteriormente identificada, fecha 20 de diciembre de 1.990, bajo el N° 66, Tomo 104-A Pro., carácter el suyo que consta de los artículos 16 y 18 de los estatutos sociales de la representada, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la carrera 4 con calle 3, parcela de terreno N° 218, Zona Industrial II, Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que mide de manera rectangular 100 Mts. por 80 Mts. con un área total de 8.000 Mts2 de topografía plana; alinderadas de la siguiente manera NORTE: en 100 Mts. con la parcela N° 217; SUR: en 80 Mts. con la parcela N° 219; ESTE: en 80 Mts. con la carrera 4; y OESTE: en 100 Mts. con la calle 3. Dichas bienhechurías consisten en tres galpones de 1.350 Mts.2 cada uno, para un total de 4.050 Mts.2 que internamente contienen una bóveda de 10,70 Mts3 y dos áreas administrativas, con una superficie de 80 Mts.2 cada una y en la parte externa se construyo una caseta de vigilancia de 9,36 Mts. cuadrados (incluyendo un baño), un comedor de 33,66 Mts.2, una caseta para el hidroneumático de 12,18 Mts.2, un tanque subterráneo de 50.000 Litros, un área para fundición de 97,50 Mts.2, un área para el Horno de recocido de 116,20 Mts2 y un área de lavado y decapado de 187 Mts.2, dedicando el resto a áreas verdes, los tres galpones tienen estructura de concreto, fundaciones directas, instalaciones eléctricas directas, instalaciones electricas internas, piso de concreto armado, techo de láminas de asbesto, paredes de bloques de concreto y de ventilación tipo persiana, portones metálicos corredizos, instalaciones sanitarias embutidas y pintura de caucho y aceite. El valor invertido es la cantidad de TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. 3.785.624,20), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos JAIME ROJAS y COROMOTO GUERRERO titulares de las cédulas de identidad N° 7.313.126 y 7.332.371, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS SOLDARGENT, C.A. ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

La Juez


Tamar Granados Izarra
La Secretaria
María Fernanda Alviarez
TGI/g.p.