REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-005277


Vista la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO efectuada por SARA MARIA SANCHEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 4.067.322, asistida por el abogado GERARDO CARRILLO, de Inpreabogado No. 102.007, este Juzgado niega la admisión por la vía de jurisdicción voluntaria porque implica el establecimiento de la filiación respecto a persona diferente a la que aparece en el acta de nacimiento, y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código Civil, debe ser planteado por los trámites del juicio ordinario. Déjese copia.
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria
María Fernanda Alviárez Rojas
*men*