REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de febrero de dos mil cuatro
193º y 144º

ASUNTO : KP02-X-2004-000021

ACTORA: ENRIQUE CORREA.

DEMANDADA: NESTOR MARCANO GOTTO.

MOTIVO: INHIBICION (Cobro de Bolívares)

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA. Exp. 004-0048 (KP02-X-2004-000021)

Mediante acta de fecha 29 de enero de 2004 (f. 1), el Abogado JULIO CESAR FLORES MORILLO, en su condición de Juez Titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se INHIBIÓ de conocer la causa Nro. KP02-M-2002-000772, referente al juicio por Cobro de Bolívares, incoado por ENRIQUE CORREA contra NESTOR LUIS MARCANO GOTTO, con fundamento a lo dispuesto en el ordinal 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha 03 de febrero de 2004, se recibió y por auto separado de la misma fecha se fijó oportunidad para decidir. Estando dentro del lapso legal, quien juzga lo hace conforme a lo dispuesto en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, de acuerdo a las siguientes consideraciones:

El Juez JULIO CESAR FLORES MORILLO, fundamenta su inhibición en el artículo 82, ordinal 18° del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido alega que existe enemistad manifiesta entre su persona y la abogada AURISTELA PEREZ, inscrita en el Inpreabogados bajo el Nro. 59.189, quien actúa asistiendo a la ciudadana MARIA YOLICIA GUTIERREZ, en su carácter de tercera interesada en el juicio identificado supra.

Este Tribunal Superior habiendo analizado exhaustivamente el acta de inhibición que encabeza está incidencia y las siguientes actas que conforman el presente expediente, muy especialmente las copias certificadas que cursan a los folios 2 al 4, donde el Juez Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, en fecha 02 de Agosto de 2002, declaró con lugar la inhibición planteada por éste en un caso patrocinado por dicha profesional del derecho, considera que es procedente la causal de inhibición prevista en el artículo 82 ordinal 18° del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.

D E C I S I O N

En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por el abogado JULIO CESAR FLORES MORILLO, en su condición de Juez Titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la causa Nro. KP02-M-2002-000772, referente al juicio por Cobro de Bolívares, incoado por ENRIQUE CORREA contra NESTOR LUIS MARCANO GOTTO. En consecuencia remítanse las presentes actuaciones a la Unidad Receptora de Documentos Civil (URDD), con vista de esta declaratoria con lugar, a fin de que sean enviadas al Tribunal que le correspondió el conocimiento del expediente y oficio al Juez inhibido anexándole copia certificada del presente fallo.

Expídase copia certificada de la presente decisión, a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil cuatro. Años: 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
La Juez,

Dra. María Elena Cruz Faría

La Secretaria,

Patricia D’Alessandri
Publicada en su fecha, siendo las 11:00 a.m., se expidió copia certificada, se envió a la URDD civil y se remitió copia certificada a la juez inhibida conforme a lo ordenado.
La Secretaria,

Patricia D’Alessandri