REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo las 11:15 am, comparecieron ante este despacho los ciudadanos Manuel José León y Manuel Enrique León Segovia, CI. Nro. 2.535.780 y 10.842.807 respectivamente, asistidos por la abogada Cecilia Colmenárez impre N° 90.288 (Parte Demandada), quienes se dieron por intimado renunciando al lapso de comparecencia y oposición; en tal sentido propusieron un convenimiento de pago en los términos descritos en el escrito presentado, constituyéndose el ciudadano Manuel Enrique León Segovia en fiador solidario y principal pagador de las obligaciones asumidas en el presente convenimiento. Así mismo presente el abogado Edgar Becerra Torres Inpre N° 82.188, representante de la parte demandante aceptó el convenimiento de pago propuesto y solicitó se suspenda la medida de embargo y que sea devuelta la presente comisión al Tribunal Comitente para que se imparta la respectiva homologación. Se agregó al expediente constante de dos (02) folios útiles.