REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de febrero de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2003-009233

Rect.Part.
C.F.

La ciudadana MARITZA DEL CARMEN ORELLANA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 7.359.156, asistida por el abogado Juan Pablo López, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 27.177, solicitó la rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta en los libros de Registro de Nacimientos, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Autónomo Iribarren del Estado Lara, bajo el No. 2377, folio 17 fte, del año 1.960, en el sentido de que erróneamente fue asentada la fecha de su nacimiento como veinticinco (25) de Julio de 1.960, siendo lo correcto veintiuno (21) de Julio del mismo año, siendo el motivo el deterioro del Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado en ese año. Acompañó copia certificada de la Partida de Nacimiento de la solicitante expedida en fecha 08/04/1997 y otra en expedida en fecha 21/08/2.003. En fecha 02/12/2.003, El Tribunal requiere constancia del deterioro del Libro donde se encuentra inserta la partida de nacimiento de la solicitante. En fecha 15/12/2.003, Se recibe constancia de la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Estado Lara, reiterando el deterioro del Libro de Actas de Nacimiento llevado por esa Jefatura Civil. Admitida la solicitud en fecha veintidós (22) de Enero de dos mil cuatro, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara. En fecha 30/01/04, Se dio por notificada la Dra. Mariela Viloria (f.10). Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
UNICO: De la Partida de Nacimiento, se evidencia el error señalado por el solicitante por lo que se estima procedente la presente Rectificación de Partida de Nacimiento y así se declara.
Por los razones anteriormente expuesta, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, efectuada por MARITZA DEL CARMEN ORELLANA, y en consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en la Partida de Nacimiento No. 2377, folio 17 fte, Año 1.960, en el sentido de que sea rectificada la fecha de nacimiento de la solicitante como VEINTIUNO (21) DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS SESENTA (1.960). Expídase copia certificada de sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los 25 días del mes de Febrero de dos mil cuatro. AÑOS: 193° y 144°.

La Juez


Tamar Granados Izarra
La Secretaria Acc.



María Fernanda Alviárez Rojas

Seguidamente se publicó y se dejó copia.

La Sec. Acc.


TGI/Mónica