REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de febrero de dos mil cuatro
193º y 144º
ASUNTO : KP02-S-2004-000530
Vista la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento y sus anexos, introducida por la Fiscal Decimoquinta de la Circunscripción Judicial del Estado Lara asistiendo a la ciudadana MARGAOK HMNJWAY MOGOLLON MORENO, titular de la cédula de identidad N°V-13.266.573 , en la cual solicita se corrija el error material existente en la Partida de Nacimiento del niño EDGAR FERNANDO, de nueve (09) de edad, quien fue inscrito por ante la Jefatura Civil del Municipio Juan de Villegas del Estado Lara, bajo el acta N° 5518, en el año 1995, en virtud de que en la misma se incurrió en un error material en señalar, el segundo nombre de la madre como “ANNY WAY” siendo lo correcto "HMNJWAY", tal como se evidencia en la copia de la cédula de identidad de la madre.
Examinados como han sido los recaudos acompañados y las respectivas actas procesales, como son: original de la Partida de Nacimiento del adolescente y copia simple de la cédula de identidad de la madre, se aprecia claramente el error material señalado, para la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, la ADMITE y ORDENA CORREGIR, el error material existente y en consecuencia RECTIFICAR la Partida de Nacimiento del niño EDGAR FERNANDO en señalar el segundo nombre de la madre como "ANNY WAY" siendo lo correcto "HMNJWAY". A tal fin remítanse oficios con copia de la sentencia, a la Jefatura Civil del Municipio Juande Villegas y al Registro Principal del Estado Lara.
Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho N° 2 del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los trece (13) día del mes de febrero del año dos mil cuatro. Años: 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
La Juez de Juicio N°2
Dra Erlinda Oorpeza Torres El Secretario
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