REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo las 9:15 a.m; se trasladó y constituyó este Trib. en calle Poa Poa Urb. El Pedregal, Casa N° VU-51 Qta Don Donato, Barqto Edo. Lara, acompañados por la abogada actora Digna Arriechi Inpre 8.203, Jesús Giménez representante de la Depositaria Judicial Yacambú C.A. y Jean Carlos Aguero designados y juramentados depositario y perito respectivamente. Fué impuesto de la misión del Trib. el ciudadano Alfonzo Montero C.I. 7.334.225, abogado, Inpre 24.370. La actora señaló para su embargo bienes hasta por la cantidad de (Bs. 4.270.000). El Trib. declaró el embargo y colocó los bienes en posesión de la depositaria. El notificado se comprometió en garante de la obligación contraída por el demandado. La actora aceptó la garantía personal y solicitó suspensión de la presente medida y devolución al comitente, a los fines de la homologación. El Trib. vistas las anteriores exposiciones acordó la suspensión de la medida, no se retiraron bienes. Siendo las 12:00 p.m; terminó el acto.