REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de enero de dos mil cuatro
193º y 144º

ASUNTO : KH02-S-2002-000144

LA JUEZ SUPLENTE BELKYS DIAZ ARTIGAS SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE SOLICITUD. Vista la solicitud presentada por la ciudadana MIGDALIA IRAIMA ESCALONA MARTINEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.704.403, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Sector Macario Gonzalez, Parroquia Juarez, Municipio Iribarren, Río Claro Estado Lara, sobre un lote de terreno propiedad del Concejo Municipal, alinderadas de la siguiente manera NORTE: Moraima Segura y mide 15,60 metros ; SUR: Felix Galindez y mide 16,40 metros; ESTE: Calle Transversal y mide 13,85 metros; OESTE: Lilian Gimenez y mide 11,95 metros, bienhechurías consisten en una vivienda con dos habitaciones, un recibo, un comedor, una cocina, un baño con sus respectivos servicios. El valor invertido es la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, NORYS DE BLANCO y JUAN DE DIOS SANTANA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MIGDALIA IRAIMA ESCALONA MARTINEZ, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un este privado o publico, conforme al acuerda del primero de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

La Juez



Belkys Díaz Artigas
La Secretaria



Maria Fernanda Alviarez


BDA/dmg