REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
SALA DE JUICIO JUEZ SUPLENTE ESPECIAL N° 01
CARORA
Por escrito presentado ante esta Sala, la ciudadana Esther Marilu De La Chiquinquira Chirinos de Concepción, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.804.250, actuando en su carácter de representante legal de su hijo Enmanuel José Concepción Chirinos, asistido por el abogado Carlos Alberto Perdomo Davila, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 75.865, solicitó la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su hijo, en la cual alega que el funcionario encargado de realizar la inscripción respectiva cometió el error de asentar mi nombre como: Esther Marilu De La Ch. Chirinos Meléndez, siendo lo correcto como: Esther Marilu De La Chiquinquira. Chirinos Meléndez. Consignó copia certificada de la partida de nacimiento de su hijo expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquira, Municipio Torres del Estado Lara, copia fotostática de la partida de nacimiento de su persona y copia fotostáticas de su cédula de identidad.-
Admitida la solicitud el día nueve (09) de enero del 2004, se acordó resolver sumariamente y se ordenó notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público.
En fecha quince (15) de enero del 2.004, compareció el ciudadano Bernardo Arroyo, en su carácter de Alguacil Titular de este Tribunal, y consignó la boleta de notificación librada al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público, debidamente firmada.
Este Tribunal para decidir observa:
De los documentos consignados por la solicitante se evidencia el error en la partida de nacimiento de su hijo Enmanuel José Concepción Chirinos, y por cuanto el Fiscal VIII del Ministerio Público no objeto nada contra esta solicitud, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Con lugar la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana Esther Marilu De La Chiquinquira Chirinos de Concepción. En consecuencia, se ordena asentar correctamente en la partida de nacimiento de su hijo Enmanuel José Concepción Chirinos, el nombre de su madre como: Esther Marilu De La Chiquinquira Chirinos de Concepción, dejándose sin efecto el nombre Esther Marilu De La Ch. Chirinos Meléndez. Dicha partida de nacimiento se encuentra inserta en los libros de Registro Civil de Nacimiento de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquira, Municipio Torres del Estado Lara, bajo el N° 389, de fecha 24 de septiembre de 1.990. Se ordena oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquira, Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, a los fines de insertar la correspondiente nota marginal de conformidad con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.
Expídase copias certificadas de esta decisión a la parte interesada y las otras para acompañar los oficios respectivos que se remitirán a las autoridades competentes.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 16 de enero del 2.004. Años 193° y 144°
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL N° 01 DE LA SALA DE JUICIO
Abg. YRENE PERNALETE MENDOZA
LA SECRETARIA
Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
En esta misma fecha se registró bajo el N° 27-2.004, se publicó siendo las 11:00 a.m. y se expidió copia certificada para el archivo.
LA SECRETARIA
Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
EXP.N° 1SJ2.491-03
YPM/rac/02
|