Declarada PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de pensión de alimentos, intentada por la ciudadana: GRACIELA ANTONIA ESCOBAR, contra el ciudadano: HERMINIO ANTONIO ROJAS, en beneficio de la Adolescente: GREICY CAROL ROJAS ESCOBAR.-A tenor de lo previsto en los artículos 366,367 y520 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia se condena como monto de Pensión de Alimentos la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 100.000) pagaderos a CINCUENTA MIL BOLIVARES QUINCENALES (Bs.50.000) a partir de la segunda quincena del mes de Diciembre del presente año. El 50% de gastos médicos, escolares y de vestimenta.-Abrase carpeta de cumplimiento alimentario.-