REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo las 11:15 a.m, se constituyó este Trib. en Barrio Ruiz Pineda II, calle 4 con vereda 9, Casa N° 45, Mcipio. Iribarren, Barqto. Edo. Lara, acompañados por la abog. actora VIRGINIA PEÑA, INPRE 74.423, asi como los ciudadanos JUAN COLMENAREZ, representante de la depositaria judicial Yacambú C.A. y Jean C. Aguero, designados y juramentados depositario y perito respectivamente. Impuesta del presenta acto la ciudadana AURA MARINA VIVAS, C.I. 4.066.931, en su carácter de demandada. La actora señaló para su embargo un vehículo plenamente identificado en acta y avaluado por la cantidad de ( Bs. 4.000.000). El Trib. declaró el embargo preventivo del mismo y a solicitud de la actora fué dejado en guarda y custodia de la notificada-demandada, aceptó el cargo y prestó juramento de ley. Asimismo la actora solicitó la devolución de la comisión al Comitente. El Trib. ordenó la devolución de la comisión al Comitente, cumplida como ha sido. Siendo las 12:40 p.m, terminó el acto.