REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo las 9:45 a.m, se constituyó este Trib. en calle 21 con carrera 14 y Av. Uruguay, Sector Concha Acustica, Mcipio. Iribarren, Barqto. Edo. Lara, acompañados por la abog. actora VIRGINIA PEÑA, INPRE 74.423, así como los ciudadanos JUAN COLMENAREZ, representante de la depositaria judicial Yacambú C.A. y OMAR PARRA designados y juramentados depositario y perito respectivamente. Impuesta del presente acto la ciudadana KAREN INOJOSA, C.I. 12.706.768, en su carácter de demandada. La actora señaló para su embargo bienes hasta por la cantidad de (Bs. 610.000). El Trib. declaró el embargo preventivo de los mismos, y a solicitud de la actora fueron dejados en guarda y custodia de la notificada-demandada, aceptó el cargo y prestó juramento de ley. La actora se reservó el derecho de seguir señalando bienes, pidió la devolución de la comisión. El Trib. vista la solicitud de la actora ordenó la devolución de la comisión al Comitente, cumplida como ha sido. Siendo las 11:10 a.m, terminó el acto.