REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-010325

Rect.Part.
C.F.

En fecha nueve (09) de noviembre del año 2.004 la ciudadana INGA KARINA MENDOZA BASSANTE, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.673.325 y de este domicilio, asistido por la Abogada Patricia D’Alessandri G., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.387, presentó escrito en la cual solicita la rectificación de su Partidas de Nacimiento por cuanto aparece por error el nombre de su ciudadana madre como MIRIAN DEL PILAR BASSANTE DE MENDOZA, siendo lo correcto MIRYAN DEL PILAR BASSANTES DE MENDOZA. La solicitante trajo a los autos copia certificada de su Acta de Nacimiento y copia fotostática de su cédula de identidad, así como de los documentos de su ciudadana madre.. Siendo la oportunidad para decidir, éste Tribunal observa:------
UNICO: Con los recaudos acompañados, los cuales aprecian de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO solicitada por la ciudadana INGA KARINA MENDOZA BASSANTE, supra identificada. SE ORDENA a la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Rosa Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara se sirvan estampar la correspondiente nota marginal en la Partida de Nacimiento, asentada bajo el N° 113, folio 59 fte. del año 1.982 del Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por ese despacho, a los fines que aparezca el nombre de la madre de ciudadana INGA KARINA MENDOZA BASSANTE como “MIRYAN DEL PILAR BASSANTES DE MENDOZA” y no MIRIAN DEL PILAR BASSANTE DE MENDOZA. Expídanse copias certificadas de esta sentencia y remítase con oficio a la autoridad correspondiente.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, en Barquisimeto a los siete (07) días del mes de dieciembre del año 2.004. Años: 194° y 145°. –

LA JUEZ



TAMAR GRANADOS IZARRA

LA SECRETARIA


MARIA FERNANDA ALVIAREZ

TGI/g.p.