REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-O-2004-000320
Vista la diligencia suscrita el 09/12/2004, en el presente juicio de AMPARO CONSTITUCIONAL, propuesta por RODCHLE CORP S.A., contra la Firma Mercantil CONSTRUCCIONES URBANAS 888 C.A., en la cual señala que ha cesado la lesión constitucional que motivó el recurso, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 6, ordinal 1° de la Ley Orgánica de Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, DECLARA la inadmisibilidad de la acción por causa sobrevenida. Archívese. Déjese copia del presente auto.
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria
María Fernanda Alviárez Rojas
*maria elisa*