REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-F-2004-000827

Vista las solicitudes de medidas preventivas de bienes de la comunidad conyugal, y de embargo preventivo realizadas en el presente juicio de Divorcio Contencioso seguido por ELIZABETH COROMOTO VERDE VASQUEZ DE TEIXEIRA contra JOSE TEIXEIRA DE ANDRADE este Juzgado de conformidad con la previsión contenida en el artículo 191, numeral 3 del Código Civil acuerda la realización del inventario de los bienes comunes y comisiona para la práctica del mismo al Juzgado del Municipio Iribarren (Distribuidor) del Estado Lara. En relación a la medida de Embargo Preventivo solicitada, este Juzgado la niega porque esa medida, por su propia naturaleza, está dirigida a asegurar el pago de una cantidad de dinero, que no es la pretensión de este juicio declarativo de divorcio, y puesto que no guarda relación con la finalidad de la medida que en esta materia pueden ser decretadas, como la de evitar la dilapidación, disposición u ocultamiento fraudulento de los bienes de la comunidad, se niega la misma. Así se decide. Déjese copia.
La Juez,

Tamar Granados Izarra
La Secretaria,

Maria Fernanda Alviarez

TGI/g.p.