REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-009584
Vista la solicitud presentada por La Ciudadana ZOILA ROSA PAZ VIUDA DE RANGEL, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 160.948 y de este domicilio, asistida de la abogada Debora Gutiérrez M. IPSA No. 21.664, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que construyó a expensas propias con dinero de su propio peculio y las cuales posee desde hace más de 33 años, ubicadas en La Carrera 15 entre Calles 38 y 39, No. 38-87, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno Propio según consta de Documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Iribarren del Estado Lara, el 03 de Octubre de 1.969, bajo el No. l. Protocolo Primero 1°. Tomo 38. que mide 355,85 M2. ; alinderadas de la siguiente manera NORTE: En 12,92 metros con Terrenos que son o fueron de ABRAHAM BUJANA ; SUR: En 12,00 metros con la Carrera 15, que es su frente ; ESTE: En 28,664 mm, con Inmueble que es o fué de MANUEL GAROFALO y OESTE: En 28,474 mm. Dichas bienhechurías están constituidas por Una Casa de dos ( 2 ) Plantas denominada " EL PARRAL", construidas con paredes de bloque totalmente frisadas. Planta Alta: Tres (3) habitaciones con sus respectivos closets, la habitación principal baño incorporado con vestier, una (1) sala de baño para el resto de las habitaciones, piso de cerámica y balcón con piso de terracota que da a la Carrera 15, que es su frente y Planta Baja : Consta de sala, comedor, cocina empotrada, una sala de estar, dos (2) salas de baño, piso de cerámica, una (1) escalera de madera y hierro forjado con escalones de granito, en el patio de la Casa existen construidas cuatro (4) habitaciones pequeñas con techo de acerolit y piso de cemento. Tiene un área de lavandería con piso encementado parcialmente techada, tiene un área de estacionamiento totalmente techada y encementada con capacidad para dos (2) vehículos, porche totalmente techado y un (1) área de jardín. Un (1) Local Comercial ubicado en la Planta Baja el cual tiene 2,65 metros de frente por 25,00 metros de fondo con techo de acerolit y piso de terracota y su frente da a la Carrera 15, posee un (1) hidroneumático con una capacidad de 2.000 litros de agua. El área de construcción es de 139,00 Mts2. El valor invertido es la cantidad de OCHENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 80.000.000,oo ), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos FRANCISCO SEIJAS Y BELKYS RODRIGUEZ, Titulares de las cédulas de identidad Nos. 14.270.688 y 7.508.355 respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de La Ciudadana ZOILA ROSA PAZ VIUDA DE RANGEL ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

La Juez



Tamar Granados Izarra
La Secretaria


María Fernanda Alviárez
TGI/AMV