REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 22 de Diciembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO: KP01-P-2003-001665

Visto el escrito presentado por la Abg. Erika María Toussaint Morales, en su condición de Defensora Privada del ciudadano Isidro Vargara, ampliamente identificado en autos, en la cual solicita una Medida Cautelar menos gravosa para su representado, observa esta Juzgadora que no han variado las circunstancias a que dieron lugar la Privativa de Libertad, en virtud de lo antes expuesto NIEGA dicha solicitud y mantiene la Medida Privativa de Libertad en contra del ciudadano antes mencionado, así mismo se advierte a a ciudadana defensora que la audiencia preliminar está fijada para el día 10/02/2005 a las 10:00 a.m. y así se decide. Notifíquese.

El Juez de Control No. 9

El Secretario
Abg. Magaly Esther López Mendez