REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 15 de Diciembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-O-2004-000416

Vista la solicitud de Habeas Corpus interpuesta por el abogado Alirio Echeverría, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 92.426, en el que solicita se expida MANDAMIENTO DE HABEAS CORPUS a favor del ciudadano JOHAN JOSE GOYO, cédula de identidad N° 16.385.070, quien se encuentra detenido en la Comandancia de la Fuerza Armada Policial del Estado Lara, a la orden de la Gobernación del Estado Lara, por lo que se ORDENO ABRIR LA CORRESPONDIENTE AVERIGUACION SUMARIA, y se solicitó información al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, este Tribunal a los fines de decidir observa:

PRIMERO: Se inicio el presente recurso mediante escrito presentado por el abogado Alirio Echeverría, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 92.426, en el que solicitó se expida MANDAMIENTO DE HABEAS CORPUS, del supra mencionado ciudadano, JOHAN JOSE GOYO, manifestando que el mismo, se encuentra detenido en la Comandancia de la Fuerza Armada Policial del Estado Lara.

SEGUNDO: En fecha 14-12-2004, fue admitido el Recurso de Habeas Corpus, ordenándose aperturar la investigación sumaria conforme lo establece el Artículo 41 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ordenándose oficiar a la Comandancia de la Fuerza Armada Policial del Estado Lara, a los fines de que informara sobre los motivos de la privación de libertad del mencionado ciudadano.

TERCERO: Habiéndose recibido en fecha 15-12-04 oficio N° P.E.L/SSRCD/N° 7775 del Jefe del Departamento de Control y Registro de Detenidos de la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, Inspector Alvic Peña, informando que el ciudadano JOHAN JOSE GOYO, cédula de identidad N° 16.385.070, no se encuentra detenido en ese Recinto Policial, ya que fue puesto en libertad el día 14-12-04 luego de cumplir sanción policial de 24 horas de arresto por infringir los artículos 18 y 25 del Código de Policía Vigente.

DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley Declara Sin Lugar el Recurso de Habeas Corpus, a favor del ciudadano JOHAN JOSE GOYO, cédula de identidad N° 16.385.070, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 23, 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 1, 2 38 y 39 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Notifíquese de la Decisión al Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Publico del Estado Lara. Consúltese esta decisión a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial en su oportunidad legal y conforme al artículo 43 de La Ley Orgánica sobre Garantías y Derechos Constitucionales. Publíquese. Cúmplase.*

La Juez de Control N° 3

El Secretario
Abog. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli



maría r.