REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Transitorio de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KH05-L-2001-000093
PARTE ACTORA. APARICIO , REINA JOSE Y OTROS
APODERADO DE LOS ACTORES. ARVISCANELON
PARTE DEMANDADA. ABBOT LABORATORIOS C.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA. OSCAR HERNANDEZ A, FRANCISCO MELENDEZ, MARCOS CERDA Y MARIA LAURA HERNANDEZ,
COBRO DE PRESTACIONES

En el dia de despacho de hoy, siendo las 2:00 p.m dia y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, se anunció el acto a las puertas del Tribunal y comparecieron, por la parte demandada la abogada MARIA LAURA HERNANDEZ S, inscritos en el inpreabogado bajo el N° 80.217, dándose inicio a la prolongación de la audiencia preliminar. se deja expresa constancia de que la parte actora para el momento del anunció por el Alguacil de la prolongación de la presente audiencia, no compareció a la misma, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Organica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en Régimen Transitorio Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de las República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Termino, se leyó y conformes firman. Se deja constancia que siendo las 2:05.p.m se hizo presente el abogado Arvis Segundo Canelón. Se cerró la audiencia a las 2:20.p.m.


El Juez



Abog. Enio José Rivero Yaguas
La apoderada de la demandada.

La Secretaria


Hilda de Quiñones