REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO JIMENEZ DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA


Quíbor, 26 de Agosto de 2004
194° y 145°

EXP. N° 1420.
Partes: DILCIA JOSEFINA SARMIENTO RUIZ
DEIBYS ROGER ARANGUREN RODRIGUEZ
Beneficiario:
Motivo: Pensión Alimentaria

Visto el CONVENIMIENTO formulado por las partes en el presente juicio inserto al folio Cuarenta y uno (41), por cuanto tal actuación no es contraria a los intereses del Niño Beneficiario, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el articulo 375 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena agregar copia de la presente homologación y del Convenimiento al Cuaderno de Cumplimiento Alimentario, Cúmplase.
LA JUEZ

DRA. YUNIA ROSA GÓMEZ DUARTE

LA SECRETARIA

ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA

ABG. MARILUZ CASTEJON PEROZO
Exp. N° 1420
YRGD/MCP/yadira