Visto el pago efectuado por la parte demandada a la parte actora, en fecha 23-08-04, ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación al mismo da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente.