REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-V-2003-002581
Vista la anterior diligencia suscrita por la abogada MARIA CELINA GOMEZ MELENDEZ, donde desiste del presente procedimiento, éste Tribunal en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley le imparte su homologación. Igualmente se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 01-03-04 y por tal motivo se ordena oficiar al Registrador Subalterno de los Municipios Araure, Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, a los fines legales consiguiente. Conforme a lo solicitado, se acuerda devolver los original de Constitución de Hipoteca inserto en el presente expediente, previa su certificación en autos, de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente.
El Juez Suplente Especial,


Dra. Dory Aguero

La Secretaria Temporal,


Betsy López