REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-M-2004-000483

Vista la demanda de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION) intentada por WILLIAM ERNESTO PEREZ DIAZ contra EMPRESA ASEGURADORA SOFITASA, C.A., este Tribunal niega su admisión por este vía, por cuanto los recaudos acompañados con el libelo de la demanda no reúnen los requisitos establecidos en el Artículo 640 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia.
La Juez
TAMAR GRANADOS IZARRA
La Secretaria
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
TGI/Mónica