REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION EN REGIMEN TRANSITORIO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA



PARTE ACTORA: FRANCISCO LINAREZ, titular de la cédula de identidad N° 9.543.487

APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: MILENNA R. JIMENEZ SILVA, PAULA GARCIA JIMENEZ y DAYALI SILVA JIMENEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nro. 67.444, 79.757 y 102.189 respectivamente

PARTE DEMANDADA: JOSE ALTAGRACIO PAEZ SALCEDO, titular de la cédula de identidad N° 7.405.672

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOHANNA LEON MUJICA y EDINSON MUJICA MENDOZA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nro. 72.129 y 47.956.

MOTIVO: SENTENCIA DEFINITIVA.


Hoy, CINCO (05) de ABRIL del 2.004, a las 09:00 a.m, siendo el día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar se procedió a dar llamado ante las puertas de este Tribunal, a viva voz, a las partes en litigio, compareciendo sólo la parte demandada ciudadano JOSE ALTAGRACIO PAEZ SALCEDO y sus abogados JOHANNA LEON MUJICA y EDINSON MUJICA MENDOZA, identificados arriba. En este estado la Juez como directora del proceso procede a dictar sentencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley declarando desistido el procedimiento en cuanto a la parte actora FRANCISCO LINAREZ; debido a la inasistencia de la parte actora. Por lo que se hace forzoso para quien decide pasar aplicar los efectos jurídicos previstos en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.

Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada según lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los cinco (05) días del mes de Abril del dos mil cuatro. Años 193° de la Independencia y 145° de la Federación.


LA JUEZ,


Abog. EUGENIA MARIA ESPINOZA




LAS PARTES COMPARECIENTES




LA SECRETARIA,

Abog. YRAIMA BETANCOURT

Publicada en el día de hoy (05-04-2.004) a las 09:40 a.m. Se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA,

Abog. YRAIMA BETANCOURT.