REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de abril de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-S-2004-000372


Rect.Part.
C.F.

La ciudadana SILVIA JOSEFINA GARCIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 7.368.877, asistida por el abogado GUSTAVO CARDOZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61.758, solicitó la rectificación de su acta de matrimonio, la cual se encuentra asentada ante la Jefatura Civil de la Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el No. 80, folio 81 fte, fecha 28 de febrero de 1980, en el sentido de que erróneamente fue asentado el nombre y apellidos del contrayente como TEOFILO RAMON RIVERO RIVERO y su cédula de identidad como 7.883.703, siendo lo correcto TEOFELO RAMON RIBERO RIBERO y el número de cédula de identidad 7.383.703. Acompañó copia certificada del acta de matrimonio y acta de nacimiento del contrayente. Admitida la solicitud en fecha 05/02/2004, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara y oficiar a la Oni-Dex solicitando los datos filiatorios de TEOFELO RIBERO RIBERO. Se notificó a la Fiscal del Ministerio Público Dra. MARIELA VILORIA (f. 8). En fecha 10/03/2004 fue consignado Oficio emanado de la Diex Barquisimeto I. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Del acta de matrimonio y de los datos filiatorios de TEOFELO RAMON RIBERO RIBERO cursante a los folios 3 y 10 del expediente, documentos que este Tribunal aprecia en todo su valor probatorio, se evidencia el error señalado por la solicitante por lo que se estima procedente la presente Rectificación de Acta de Matrimonio y así se declara.
Por los razones anteriormente expuesta, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, efectuada por SILVIA JOSEFINA GARCIA RODRIGUEZ, y en consecuencia ordena al Jefe Civil de la Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en el acta de matrimonio No. 80, folio 81 fte, Año 1980, en el sentido que el nombre del contrayente es TEOFELO RAMON RIBERO RIBERO y el número de la cédula de identidad es 7.383.703. Expídase copia certificada de sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los trece días del mes de abril de dos mil cuatro. AÑOS: 193 y 145. *men*
La Juez


Tamar Granados Izarra
La Secretaria Acc.


María Fernanda Alviárez Rojas
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
La Sec. Acc.